Corazones de Jesús y María- Divina Misericordia-
Decreto sobre las indulgencias |
Decreto sobre las Indulgencias recibidas
en la Fiesta de la Divina Misericordia
Dado en Roma, en la sede de la Penitenciaría
apostólica, 29 de junio de 2002.
Solemnidad de San Pedro y San
Pablo, apóstoles.
Luigi DE MAGISTRIS
Arzobispo titular de Nova
Pro-penitenciario mayor
Gianfranco GIROTTI, o.f.m. conv.
Regente
Se enriquecen con indulgencias actos de culto
realizados en honor de la Misericordia divina.
"Tu misericordia, oh Dios, no tiene límites, y es
infinito el tesoro de tu bondad..." (Oración después del himno "Te
Deum") y "Oh Dios, que manifiestas especialmente tu poder con el perdón
y la misericordia..." (Oración colecta del domingo XXVI del tiempo
ordinario), canta humilde y fielmente la santa Madre Iglesia. En efecto,
la inmensa condescendencia de Dios, tanto hacia el género humano en su
conjunto como hacia cada una de las personas, resplandece de modo
especial cuando el mismo Dios todopoderoso perdona los pecados y los
defectos morales, y readmite paternalmente a los culpables a su amistad,
que merecidamente habían perdido.
Así, los fieles son impulsados a conmemorar con íntimo afecto del alma
los misterios del perdón divino y a celebrarlos con fervor, y comprenden
claramente la suma conveniencia, más aún, el deber que el pueblo de Dios
tiene de alabar, con formas particulares de oración, la Misericordia
divina, obteniendo al mismo tiempo, después de realizar con espíritu de
gratitud las obras exigidas y de cumplir las debidas condiciones, los
beneficios espirituales derivados del tesoro de la Iglesia. "El misterio
pascual es el culmen de esta revelación y actuación de la misericordia,
que es capaz de justificar al hombre, de restablecer la justicia en el
sentido del orden salvífico querido por Dios desde el principio para el
hombre y, mediante el hombre, en el mundo" (Dives in misericordia, 7).
La Misericordia divina realmente sabe perdonar incluso los pecados más
graves, pero al hacerlo impulsa a los fieles a sentir un dolor
sobrenatural, no meramente psicológico, de sus propios pecados, de forma
que, siempre con la ayuda de la gracia divina, hagan un firme prepósito
de no volver a pecar. Esas disposiciones del alma consiguen
efectivamente el perdón de los pecados mortales cuando el fiel recibe
con fruto el sacramento de la penitencia o se arrepiente de los mismos
mediante un acto de caridad perfecta y de dolor perfecto, con el
prepósito de acudir cuanto antes al mismo sacramento de la penitencia.
En efecto, nuestro Señor Jesucristo, en la parábola del hijo pródigo,
nos enseña que el pecador debe confesar su miseria ante Dios, diciendo:
"Padre, he pecado contra el cielo y contra ti; ya no soy digno de
llamarme hijo tuyo" (Lc 15, 18-19), percibiendo que ello es obra de
Dios: "Estaba muerto y ha vuelto a la vida; estaba perdido y ha sido
hallado" (Lc 15, 32).
Por eso, con próvida solicitud pastoral, el Sumo Pontífice Juan Pablo II,
para imprimir en el alma de los fieles estos preceptos y enseñanzas de
la fe cristiana, impulsado por la dulce consideración del Padre de las
misericordias, ha querido que el segundo domingo de Pascua se dedique a
recordar con especial devoción estos dones de la gracia, atribuyendo a
ese domingo la denominación de "Domingo de la Misericordia divina" (cf.
Congregación para el culto divino y la disciplina de los sacramentos,
decreto Misericors et miserator, 5 de mayo de 2000).
El evangelio del segundo domingo de Pascua narra las maravillas
realizadas por nuestro Señor Jesucristo el día mismo de la Resurrección
en la primera aparición pública: "Al atardecer de aquel día, el primero
de la semana, estando cerradas, por miedo a los judíos, las puertas del
lugar donde se encontraban los discípulos, se presentó Jesús en medio de
ellos y les dijo: "La paz con vosotros". Dicho esto, les mostró las
manos y el costado. Los discípulos se alegraron de ver al Señor. Jesús
les dijo otra vez: "La paz con vosotros. Como el Padre me envió, también
yo os envío". Dicho esto, sopló sobre ellos y les dijo: "Recibid el
Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedan perdonados;
a quienes se los retengáis, les quedan retenidos"" (Jn 20, 19-23.
Para hacer que los fieles vivan con intensa piedad esta celebración, el
mismo Sumo Pontífice ha establecido que el citado domingo se enriquezca
con la indulgencia plenaria, como se indicará más abajo, para que los
fieles reciban con más abundancia el don de la consolación del Espíritu
Santo, y cultiven así una creciente caridad hacia Dios y hacia el
prójimo, y, una vez obtenido de Dios el perdón de sus pecados, ellos a
su vez perdonen generosamente a sus hermanos.
De esta forma, los fieles vivirán con más perfección el espíritu del
Evangelio, acogiendo en sí la renovación ilustrada e introducida por el
concilio ecuménico Vaticano II: "Los cristianos, recordando la palabra
del Señor "En esto conocerán que sois mis discípulos, si os amáis unos a
otros" (Jn 13, 35), nada pueden desear más ardientemente que servir cada
vez más generosa y eficazmente a los hombres del mundo actual. (...)
Quiere el Padre que en todos los hombres reconozcamos y amemos
eficazmente a Cristo, nuestro hermano, tanto de palabra como de obra" (Gaudium
et spes, 93).
Por eso, el Sumo Pontífice, animado por un ardiente deseo de fomentar al
máximo en el pueblo cristiano estos sentimientos de piedad hacia la
Misericordia divina, por los abundantísimo frutos espirituales que de
ello pueden esperarse, en la audiencia concedida el día 13 de junio de
2002 a los infrascritos responsables de la Penitenciaría apostólico, se
ha dignado otorgar indulgencias en los términos siguientes:
Se concede la indulgencia plenaria, con las condiciones habituales
(confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las
intenciones del Sumo Pontífice) al fiel que, en el domingo segundo de
Pascua, llamado de la Misericordia divina, en cualquier iglesia u
oratorio, con espíritu totalmente alejado del afecto a todo pecado,
incluso venial, participe en actos de piedad realizados en honor de la
Misericordia divina, o al menos rece, en presencia del santísimo
sacramento de la Eucaristía, públicamente expuesto o conservado en el
Sagrario, el Padrenuestro y el Credo, añadiendo una invocación piadosa
al Señor Jesús misericordioso (por ejemplo, "Jesús misericordioso,
confío en ti"). Se concede la indulgencia parcial al fiel que, al menos
con corazón contrito, eleve al Señor Jesús misericordioso una de las
invocaciones piadosas legítimamente aprobadas.
Además, los navegantes, que cumplen su deber en la inmensa extensión del
mar; los innumerables hermanos a quienes los desastres de la guerra, las
vicisitudes políticas, la inclemencia de los lugares y otras causas
parecidas han alejado de su patria; los enfermos y quienes les asisten,
y todos los que por justa causa no pueden abandonar su casa o desempañan
una actividad impostergable en beneficio de la comunidad, podrán
conseguir la indulgencia plenaria en el domingo de la Misericordia
divina si con total rechazo de cualquier pecado, como se ha dicho antes,
y con la intención de cumplir, en cuanto sea posible, las tres
condiciones habituales, rezan, frente a una piadosa imagen de nuestro
Señor Jesús misericordioso, el Padrenuestro y el Credo, añadiendo una
invocación piadosa al Señor Jesús misericordioso (por ejemplo, "Jesús
misericordioso, confío en ti").
Si ni siquiera eso se pudiera hacer, en ese mismo día podrán obtener la
indulgencia plenaria los que se unan con la intención a los que realizan
del modo ordinario la obra prescrita para la indulgencia y ofrecen a
Dios misericordioso una oración y a la vez los sufrimientos de su
enfermedad y las molestias de su vida, teniendo también ellos el
prepósito de cumplir, en cuanto les sea posible, las tres condiciones
prescritas para lucrar la indulgencia plenaria.
Los sacerdotes que desempañan el ministerio pastoral, sobre todo los
párrocos, informen oportunamente a sus fieles acerca de esta saludable
disposición de la Iglesia, préstense con espíritu pronto y generoso a
escuchar sus confesiones, y en el domingo de la Misericordia divina,
después de la celebración de la santa misa o de las vísperas, o durante
un acto de piedad en honor de la Misericordia divina, dirijan, con la
dignidad propia del rito, el rezo de las oraciones antes indicadas; por
último, dado que son "Bienaventurados los misericordiosos, porque ellos
alcanzarán misericordia" (Mt 5, 7), al impartir la catequesis impulsen a
los fieles a hacer con la mayor frecuencia posible obras de caridad o de
misericordia, siguiendo el ejemplo y el mandato de Jesucristo, como se
indica en la segunda concesión general del "Enchiridion Indulgentiarum".
Este decreto tiene vigor perpetuo. No obstante cualquier disposición
contraria.
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